= Canon Superficiario = El '''Canon Superficiario''' es una obligación que debe ser paga por aquellas personas que tengan un [wiki:Título_Minero título minero], el cual esté amparado por la [wiki:Modalidad modalidad] y la [wiki:Normas_de_Pago_de_Canon norma] que establezcan que dicho título sea susceptible de pagar esta obligación. Esta obligación entra en marcha a partir del momento en el que el/los titulares sean notificados. Su pago se hace forma anticipada y se denomina '''anualidad'''. La primera '''anualidad''' debe ser paga 3 días luego de existir la notificación de ''área susceptible de ser contratada''. En adelante, se paga cada anualidad de forma anticipada de acuerdo a las reglas establecidas entre la [wiki:Autoridad_Minera autoridad minera] y el/los titulares, dependendo de la [wiki:Etapa etapa] en la que se encuentre el título.