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Canon Superficiario
El Canon Superficiario es una obligación que debe ser paga por aquellas personas que tengan un título minero, el cual esté amparado por la modalidad y la norma que establezcan que dicho título sea susceptible de pagar esta obligación. Esta obligación entra en marcha a partir del momento en el que el/los titulares sean notificados. Su pago se hace forma anticipada y se denomina anualidad.
La primera anualidad debe ser paga 3 días luego de existir la notificación de área susceptible de ser contratada. En adelante, se paga cada anualidad de forma anticipada de acuerdo a las reglas establecidas entre la autoridad minera y el/los titulares, dependendo de la etapa en la que se encuentre el título.
El canon se cobra únicamente cuando el título sea vigente (no esté suspendido) y antes que se entre a la etapa de Explotación.