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EVALUACIÓN PARCIAL EVENTUAL

Las Evaluaciones Parciales Eventuales son instrumentos de evaluación adicionales, que se utilizan en los siguientes casos:

  • PARA EVALUACIONES ANUALES U ORDINARIAS:
    • Cambio de Evaluador
    • Cambio de Alguno de los Miembros de la Comisión Evaluadora
      • Para estos dos casos el inicio de la Evaluación Parcial Eventual debe darse a partir del retiro del funcionario evaluador.
    • Separación del Cargo Superior a 30 días Calendario
    • Lapso transcurrido entre la ultima Evaluación Parcial Eventual y el Fin del Periodo Semestral Evaluado.
    • Cambio Definitivo del Empleo del Evaluado.
      • Estas evaluaciones deberán realizarse dentro de los 10 días siguientes a la fecha en que se produzca la situación que las origine.
  • PARA LAS EVALUACIONES DEL PERIODO DE PRUEBA
    • Cambio de Evaluador: el inicio de la evaluación debe ser con el retiro de este.
    • Separación del cargo superior a 20 días calendario
    • Lapso transcurrido entre la ultima Evaluación Parcial Eventual y el Fin del Periodo de Prueba.
      • Estas evaluaciones deberán realizarse dentro de los 10 días siguientes a la fecha en que se produzca la situación que las origine.

Para el caso de las evaluaciones parciales eventuales que se realizan por novedades al periodo de la evaluación Anual u Ordinaria, el lapso laborado a evaluar debe ser superior a 30 días. Los períodos inferiores a este lapso serán calificados conjuntamente con el período siguiente, es decir, que puedo tener por semestre hasta 6 Evaluaciones Parciales Eventuales.

Para la aplicación de esta evaluación el instrumento suministrado por la Comisión Nacional de Servicio Civil incluye el Anexo No.2.


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Last modified 13 years ago Last modified on 03/07/12 16:39:34
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